La historia de las cofradías ecijanas hunde sus raíces en los remotos siglos medievales y debe ser analizada en el contexto del estudio de los sentimientos religiosos de una población cristiana plenamente asentada en el territorio, sobre todo, a lo largo del siglo XIV. Se trataba de una época convulsa y agitada, sometida a los constantes peligros que originaba la ancestral guerra contra los musulmanes, las periódicas epidemias, las hambrunas y crisis de subsistencia. Como resultado de esta prolongada situación y, ante la ausencia de instituciones públicas que pudieran prestar socorro a los necesitados, se fue generando una legión de pobres, enfermos y desamparados que сагесíап completamente de cualquier tipo de ayuda, y que sucumbían de forma irremediable y escandalosa.
Fomentadas por el sentimiento de solidaridad humana y la caridad cristiana, pronto fueron surgiendo en Écija, al igual que en otras poblaciones andaluzas, una serie de cofradías o congregaciones de personas piadosas, aglutinadas por el deseo de cumplir unos fines benéfico-asistenciales hacia estos semejantes por los que nadie se preocupaba. Se trataba de las llamadas *cofradías hospitalarias", que podían estar integradas por individuos unidos por el mandato evangélico del amor al prójimo o por colectivos pertenecientes a un mismo gremio artesanal.
Estas cofradías subsistían a partir de las limosnas recogidas y de los modestos recursos económicos aportados por sus hermanos, y solían mantener pequeños refugios, llamados "hospitales", que eran casas de acogida para enfermos o desvalidos. Pero, además de su función caritativa y asistencial, estos cofrades también desarrollaban una actividad devocional, enfocada a rendir culto a una advocación religiosa determinada. Entre 1386 y 1512 se han documentado en Écija hasta treinta y dos corporaciones hospitalarias diferentes, instituidas bajo la protección de la Santa Cruz, la Virgen María (Valle, Rosario, Purísima Concepción, Flores, Nieves, Asunción, Soterraño), la Santa Misericordia, la Santa Caridad o los santos (Santiago, San Antón, San Andrés, San Acacio, San Cristóbal, San Mateo, San Miguel, San Sebastián, Santa Catalina, San Llorente, Santa Florentina, San Benito, San Juan Bautista, San Lucas, San Julián, Santa Lucía, Santo Domingo de Silos, San Bartolomé, San Gil, y San Marcos).
La frecuente cortedad de medios de estas corporaciones hacía muy precario su funcionamiento, hasta el punto de que muchas no podían garantizar una asistencia adecuada a los pobres, entrando algunas en periodos de decadencia y escasa operatividad. Por este motivo, las autoridades eclesiásticas y civiles pronto comenzaron a regular y controlar la existencia de estas cofradías, promoviendo la reunificación de sus hospitales, a fin de ofrecer una atención hospitalaria más amplia y eficaz. Este movimiento reunificador comenzó en Écija en 1432 y se acentuó especialmente en el siglo XVI, con diferentes órdenes promulgadas en 1512, 1556 y 1570. En este último año, por mandato del rey Felipe II y con el respeto a las indicaciones emanadas del Concilio de Trento, todos los hospitales de Écija fueron reunificados en el de San Sebastián, permitiéndose únicamente que continuaran desarrollando su labor asistencial los antiguos hospitales de la Caridad y de Santa Florentina
Precisamente esta profunda reunificación hospitalaria, unida a las directrices del mencionado Concilio de Trento (1545-1569). que se encaminaban a la propagación de la fe, a través del fomento de la devoción a Cristo, a la Virgen y a los santos, a través de sus imágenes, se hallan en el origen de la gran proliferación de nuevas cofradías y hermandades surgidas en Écija a partir de estos años para la exaltación del culto cristiano, la catequesis y la práctica de la penitencia pública. Por otro lado, es importante resaltar que, además de su lucha contra la herejía luterana, Trento promovió expresamente la presencia en los desfiles procesionales de aquellos momentos o “pasos” más significativos de la Pasión de Cristo. Como es lógico, estas directrices tendrán una influencia decisiva en el posterior enfoque devocional e iconográfico de las cofradías ecijanas.
En la relación de hermandades que verán aprobadas sus nuevas reglas por el Arzobispado de Sevilla durante la segunda mitad del siglo XVI se observa que una gran parte de las cofradías que aún perviven en la Semana Santa ecijana de nuestros días datan o sufrieron una importante reforma en este momento histórico.
- Nuestra Señora del Rosario (Santo Domingo), 1551.
- Dulce Nombre de Jesús (Santo Domingo), 1567.
- Columna y Azotes de Cristo (La Victoria), 1570.
- Santísimo Crucifijo de la Sangre (San Agustín), 1571.
- Soledad de Nuestra Sefiora (El Carmen), 1573.
- Veracruz (San Francisco), 1573.
- Dulce Nombre de Jesás (Santa María), 1575.
- Nuestra Señora de la Piedad (La Merced), 1577.
- Nuestra Sefiora de la Encarnación (Santiago), 1579.
- Purísima Concepción de Nuestra Señora (San Francisco), 1579.
- Coronación de Nuestro Señor Jesucristo (San Gil), 1581.
- Santa Cruz de Jerusalén (San Juan), 1582.
- Santo Ángel de la Guarda (Santa Ana), 1589.
- Resurrección de Nuestro Señor Jesucristo (Santa Cruz), 1601.
Existe un claro ejemplo para ilustrar que la forzada extinción de las cofradías hospitalarias, unida al mencionado impulso de la ideología tridentina, estuvo directamente relacionada con el nacimiento o con la transformación de las antiguas congregaciones asistenciales en nuevas corporaciones meramente cultuales o penitenciales. Así ocurrió con la antigua cofradía hospitalaria de San Marcos, de la collación de San Gil, que en 1581 se convirtió en hermandad de penitencia, agregando a su primitivo título la advocación de la Coronación de Espinas de Nuestro Señor Jesucristo.
Con respecto a la cofradía de la Santa Cruz en Jerusalén ya conocemos que la aprobación oficial de su Regla se produjo en 1582; no obstante, es muy probable que la congregación fuese erigida en algún momento indeterminado de la segunda mitad del siglo XVI. En este sentido, es importante señalar que la hermandad de los Nazarenos de Sevilla concluía la renovación de su Regla en 1564, y que los hermanos del Nazareno cordobés aprobaban la suya en 1579; sin duda, estos hechos tuvieron que ser conocidos por los cofrades ecijanos.
Gracias a un documento conservado en el Archivo de Protocolos Notariales de Écija, sabemos que la cofradía ya existía y se hallaba plenamente constituida en el аñо 1571 y que, por entonces, pretendía consolidar su establecimiento en el convento del Carmen Calzado. Así se desprende del convenio firmado en ese аñо con la comunidad de frailes carmelitas, mediante el que se acordaban una serie de condiciones relativas a las normas de convivencia entre frailes y cofrades, las procesiones de la hermandad o los cultos que debían celebrar en una capilla del citado convento.
El día 5 de abril de 1571, tres días antes del Domingo de Ramos de la Semana Santa de ese аñо, quedaba suscrito ante el escribano público Alonso Pérez de las Roelas un compromiso entre la comunidad de frailes del convento del Carmen Calzado y una serie de ecijanos aglutinados en torno a una cofradía llamada de la Santa Cruz de Jerusalén. El convenio se compone de nueve capítulos en los que se estipulan las condiciones que habrían de regular la estancia de los cofrades en el citado convento y su relación con los religiosos carmelitas calzados. Los protagonistas del acuerdo fueron, por parte de la hermandad, Juan de Medina, hermano mayor, Juan de la Cruz, alcalde, Juan Rodríguez, mayordomo de cera, Antonio Muñoz, diputado y Juan Sánchez Izquierdo, cofrade. En representación del convento intervinieron fray Agustín Suárez, prior, fray Luis Navarrete, subprior, fray Fernando de Lara, fray Cristóbal de Vargas, fray Nicolás Calvente, fray Luis de Saavedra, fray Alonso Isidro y fray Francisco Romero.
En el preámbulo de este documento se afirma expresamente que ambas partes "tenemos tratado e concertado que la dicha cofradía de la Santa Cruz de Jerusalén se frecuente y continúe en el dicho monesterio de Nuestra Señora del Carmen". De ello se desprende que la cofradía ya debía encontrarse establecida en el convento del Carmen con anterioridad a la fecha del otorgamiento de la escritura, aunque no se especifica si su fundación se había producido en dicho cenobio ni en qué momento tuvo lugar.
El documento de 1571 contiene las siguientes condiciones:
- La salida procesional de la cofradía sería efectuada en la noche del Jueves Santo, saliendo y regresando a la iglesia del convento del Carmen, en el lugar fijado para ello. Antes de iniciarse la procesión, el prior se comprometía a predicar e impartir un sermón a los cofrades “de manera que los provoque a devoción”. El convento también se obligaba a proporcionar los frailes necesarios para acompañar y regir la procesión “por todas las yglesias y monesterios por do fuere, hasta bolber al dicho convento”.
- Se acordaba la celebración de cuatro solemnes funciones anuales, por las que se abonarían 12 reales a los frailes. Dos de ellas, que se compondrían de vísperas, misa cantada, sermón y procesión, tendrían lugar el día después de la Santa Cruz del mes de mayo y la otra, el domingo siguiente a la fiesta de todos los Santos, en recuerdo de las Ánimas del Purgatorio. Las otras dos, con vísperas, misa y sermón, se habían de celebrar el día de Nuestra Señora de agosto y el día de Pascua de Navidad.
- La hermandad se obligaba a abonar los 3 reales que tenía de coste una misa cantada y responso el primer domingo de cada mes, dedicada al Espíritu Santo, en sufragio por el alma de “todos los cofrades, honbres y mujeres hermanos [difuntos] de la dicha cofradía”.
- Además, la hermandad también se obligaba a decir en la iglesia del convento una misa cantada y siete misas rezadas, con vigilia, por cada hermano que falleciese, abonando por ellas una limosna de 8 reales.
- La cofradía tendría derecho a disponer de un lugar dentro del convento donde poder organizar sus cabildos y reuniones, y donde realizar los preparativos para la procesión anual del Jueves Santo.
- Para la celebración de sus cultos en la iglesia del Carmen, la hermandad recibía “la capilla questá junto a la capilla de los cofrades de la Soledad”, obligándose a reedificarla a su costa. Gracias a un documento posterior, sabemos que esta capilla era la primera que había en la iglesia, conforme se entraba, a mano derecha.
- El prior de los Carmelitas se comprometía a no entrometerse en los cabildos de la hermandad, salvo en casos extraordinarios en que se solicitara su presencia “si oviere necesidad para pacificación de los dichos cofrades, y si alguno oviere tan reguroso que no quiera razón en lo que conviene a la dicha cofradía, el dicho señor prior le mande echar del dicho cabildo”.
- La misas y funciones que los hermanos costeaban debían celebrarse siempre en la capilla de la cofradía. Hasta tanto concluyesen las obras de la misma, tendrían lugar en el altar de la iglesia que el hermano mayor decidiera elegir.
- El acuerdo no podría ser revocado unilateralmente por decisión de futuros priores del convento o del padre provincial de la Orden de los Carmelitas Calzados, sin contar con el consentimiento expreso de los cofrades. Si así ocurriera, la hermandad quedaba autorizada a marcharse de la iglesia del Carmen y el convento se obligaba a abonarle todos los fondos que hubiera invertido en la reconstrucción de la capilla. Si este acuerdo no se producía, la hermandad quedaba autorizada a traspasar la capilla a quien le pagase dicha inversión, siempre y cuando los nuevos poseedores pagasen al convento el valor del suelo que ocupaba la capilla. Si los hermanos de la Santa Cruz de Jerusalén decidieran abandonar la iglesia voluntariamente y sin causa justificada, los frailes quedaban exonerados de estas obligaciones, perdiendo la cofradía todo lo invertido en la capilla.
- El convento se comprometía a obtener la aprobación oficial de este convenio por parte del padre provincial de la Orden de los Carmelitas Calzados, en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la firma del mismo.
Tras las condiciones expuestas, el prior del convento del Carmen se comprometió a respetarlas y, ante la proximidad de la Semana Santa de ese año, realizó este ofrecimiento a la hermandad: “para la procesión del Jueves Santo en la noche, de este año presente, vos daremos un fraile sacerdote de nuestro convento que lleve la cruz y que, los demás años la lleve un hermano de la dicha cofradía". Lo cual pone de manifiesto que el principal objeto de devoción para los cofrades que por entonces desfilaban en la procesión era una cruz, que en ese año sería portada por un fraile de la comunidad carmelita.
Desgraciadamente, no se conserva más documentación de estos momentos iniciales de la historia de la hermandad, que nos permita conocer otros aspectos y circunstancias relativas al origen y extracción social de sus primeros cofrades, las características de las procesiones, la posible existencia de imágenes, deliberaciones de sus cabildos, etc.
Como hemos visto en este interesante documento, se estableció como condición que si la cofradía se trasladaba a otra iglesia no tendría derecho a reclamar cantidades económicas por los gastos efectuados en dicha capilla. Y lo cierto es que este hecho se produjo al poco tiempo, pues sabemos que en 1574 la cofradía de la Soledad estaba comprando a los frailes Carmelitas Calzados un nuevo espacio situado a la entrada de la iglesia y pasaba a ocupar dos capillas contiguas.
Para concluir, debemos recordar que, como es bien conocido, la cofradía de la Santa Cruz de Jerusalén ya se encontraba establecida en la parroquia de San Juan Bautista, al menos, desde 1592, y que un аñо más tarde se encargaba al escultor Alonso de la Plaza la ejecución de una imagen procesional de Jesús Nazareno.
Bibliografía:
- MARTÍN OJEDA, Marina. VALSECA CASTILLO, Ana. El Santísimo Cristo de la Salud, Señor de Écija. Historia de una devoción y de una cofradía. Écija, 2014.
- GARCÍA LEÓN, Gerardo. MARTÍN OJEDA, Marina. Écija Artística. Colección documental, siglo XVI y XVII. Editorial Universidad de Sevilla, Consejería de Cultura, 2018